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lunes, 13 de julio de 2026

Hasta 18 millones de reclamaciones por interrupciones aéreas en Europa podrían quedar fuera de plazo para ser indemnizadas


  • Con la revisión del Reglamento CE261, el plazo de hasta 5 años del que disponían los pasajeros para reclamar una compensación por un vuelo afectado por retrasos o cancelaciones se reducirá a tan solo nueve meses
  • Por otro lado, las compensaciones de hasta 600 euros por retrasos y cancelaciones continúan vigentes y los pasajeros seguirán teniendo derecho a indemnización cuando su vuelo acumule un retraso de tres horas o más



ROIPRESS / EUROPA / RECLAMACIONES - La revisión del Reglamento sobre los Derechos de los Pasajeros Aéreos (CE261), un proceso legislativo que se ha prolongado durante 13 años, llega oficialmente a su fin. 


Con el respaldo del 98 % de los eurodiputados, el Parlamento ha logrado mantener la CE261 como uno de los marcos de protección de los pasajeros aéreos más sólidos del mundo  

Después de una intensa negociación política, los derechos de los pasajeros no solo se mantienen, sino que salen reforzados en varios aspectos. Las compensaciones de hasta 600 euros por retrasos y cancelaciones continúan vigentes y los pasajeros seguirán teniendo derecho a indemnización cuando su vuelo acumule un retraso de tres horas o más. 

Sin embargo, AirHelp advierte de que la reforma incorpora un cambio que ha pasado prácticamente desapercibido y que podría afectar a millones de viajeros: el establecimiento de un plazo máximo de nueve meses para presentar una reclamación. 

Cuando la nueva normativa entre en vigor, los pasajeros ya no podrán reclamar una compensación por vuelos realizados más de nueve meses antes, aunque esas reclamaciones siguieran siendo válidas conforme a los actuales plazos de prescripción establecidos en la legislación nacional -hasta 5 años en el caso de España-. En la práctica, este cambio podría afectar hasta 18 millones de reclamaciones pendientes. 

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Hasta ahora, los pasajeros de muchos países europeos podían reclamar una indemnización años después de haber realizado su viaje. De hecho, muchos descubren que tienen derecho a una compensación meses o incluso años después de haber sufrido un retraso o una cancelación. Con la normativa revisada, ese margen se reducirá drásticamente. 

"La mayoría de los pasajeros no presenta una reclamación inmediatamente después de que su vuelo sufra una incidencia", afirma Tomasz Pawliszyn, CEO de AirHelp. "La gente pasa página, se olvida o simplemente no sabe que tiene derechos. Cuando finalmente lo descubre, es posible que el nuevo plazo ya haya expirado. Nunca ha sido tan importante prestar atención a los derechos de los pasajeros aéreos.", asegura Pawliszyn.

Se espera que este cambio entre en vigor cuando la revisión del Reglamento CE 261 sea aplicable, algo previsto actualmente para la segunda mitad de 2027.

AirHelp considera que este nuevo plazo podría convertirse en uno de los cambios con mayor impacto de toda la reforma, pese a haber pasado prácticamente desapercibido durante el debate, centrado principalmente en las cuantías de las indemnizaciones y los umbrales de retraso. 

Aunque durante las negociaciones las aerolíneas defendieron elevar los umbrales de retraso y reducir el importe de las compensaciones -entre 250 y 600 € dependiendo de la distancia del vuelo-, el texto finalmente aprobado mantiene intacta la estructura básica del Reglamento. Sin embargo, los derechos de los pasajeros solo son efectivos si estos disponen de tiempo suficiente para ejercerlos. 

El motivo es que el texto definitivo no aclara expresamente cómo se aplicará el nuevo plazo de nueve meses a los vuelos realizados antes de la entrada en vigor de la reforma. En consecuencia, sigue existiendo incertidumbre sobre el tratamiento de las reclamaciones correspondientes a vuelos anteriores que todavía no se hayan presentado, lo que podría dejar a muchos pasajeros sujetos a plazos más restrictivos de los que esperaban.

Aspectos que hay que tener en cuenta con nueva normativa
Nuevo plazo de reclamación: una vez entre en aplicación la reforma, los pasajeros deberán presentar, por regla general, sus reclamaciones dentro de los nueve meses siguientes a la fecha del vuelo. 
Incertidumbre sobre el régimen transitorio: el Reglamento no aclara cómo se tramitarán las reclamaciones correspondientes a vuelos realizados antes de su entrada en vigor, lo que genera inseguridad jurídica para los casos pendientes.
Posibles conflictos de interpretación: esta falta de claridad puede dar lugar a interpretaciones distintas por parte de las aerolíneas y de los propios pasajeros respecto a reclamaciones aún no presentadas.

"El derecho a la compensación se mantiene", concluye Pawliszyn. "La verdadera incógnita ahora es cuántos pasajeros perderán ese derecho simplemente porque desconocían que el tiempo para reclamar ya había empezado a correr."



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